partir del 1 de junio, las siguientes determinaciones tendrán los topes que se detallan a continuación.

1070 – Hemoglobina Glicosilada:

  • Población sin patología: 1 (uno) por año.
  • Población con patología diabética: 4 (cuatro) por año.

543- Insulina por radioinmunoensayo:

  • Población general y DBT tipo II (sin tratamiento con Insulina): 2 (dos) por año.
  • Población Insulino tratada (DBT tipo I y tipo II) no tendrá cobertura.

1065- Fructosamina: 

  • Población sin patología: 1 (uno) por año.
  • Población diabética: 4 (cuatro) por año. 
  • Diabetes gestacional: 6 (seis) por año. 

Tener en cuenta que, en caso superar dicha cantidad, los socios deberán presentar a través de los canales de atención habituales, el pedido médico, resumen de historia clínica y el resultado de la última determinación realizada para ser evaluado por la auditoría bioquímica de OSDE.